Aprobar como Anexo I de la presente el “Nomenclador de Actividades Económicas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la provincia de Jujuy – NAEJu –“, el que comprende la Tabla I que contiene una descripción de los incluye y/o excluye de los códigos de actividad detallados en el Anexo A de la Ley 6.214, y la Tabla II, de correspondencia con las alícuotas establecidas en ley antes mencionada; que deberán ser aplicados por los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos, para la determinación y liquidación del tributo a partir de enero de 2.021.