Considerar en término la presentación de las Declaraciones Juradas y el Pago de los Agentes de Retención y/o Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Sellos correspondientes al mes de Marzo de 2014, hasta el día 11 de Abril del corriente año, para aquellos Agentes cuyo dígito verificador de la CUIT termine en 7, 8 y 9.-

 

Considerar en término la presentación de las Declaraciones Juradas y el Pago de losSistemas de Recaudación y Control de Agentes de Recaudación S.I.R.C.A.R. – Convenio Multilateral – Resolución General (Comisión Arbitral) Nº 84/02 y 10/13 – Resolución General (DPR) Nº 1.007/02, correspondientes al mes de Marzo de 2014, hasta el día 11 de Abril del corriente año, para las terminaciones de digito verificador en 5, 6,  7, 8 y 9