17/12/2014

Nueva figura establecida por Código Fiscal

 Agente Encubierto

 La Dirección Provincial de Rentas está utilizando la Figura del Agente Fedatario (también llamado Agente Encubierto) desde el pasado viernes 12 de diciembre.

 La nueva figura es utilizada para controlar la obligación de EMITIR Y ENTREGAR FACTURAS o comprobantes equivalentes (Tickets)  a través de la actuación de los Agentes Fiscalizadores como compradores de bienes o locatarios de obras o servicios.

 Estos Inspectores pertenecen al Departamento Inspecciones y Verificaciones de la Dirección y ejercen las facultades dispuestas en la Ley 5.791 (Código Fiscal de la Provincia de Jujuy). Esta Ley en el Art. 10 inc. 5 que dispone: “Autorizar a sus funcionarios a que actúen en el ejercicio de sus facultades, como compradores de bienes o locatarios de obras o servicios y constaten el cumplimiento por parte de los vendedores o locadores, de la obligación de emitir y entregar facturas y comprobantes equivalentes con los que documenten las respectivas operaciones, en los términos y con las formalidades que exige la Dirección. Dicha orden deberá estar fundada en los antecedentes fiscales y/o denuncias concretas, que obren en el organismo tributario…” Esta norma se encuentra reglamentada en la RG 1372.

 Quienes no cumplan con la Obligación de EMITIR Y ENTREGAR FACTURAS o comprobantes equivalentes (Tickets) pueden ser sancionados con CLAUSURA de establecimientos de 3 a 10 días. Esta medida está dispuesta en el Art. 57 inc. 2 del mencionado Código Fiscal.

 Por último la Dirección recuerda a contribuyentes y consumidores que es obligación del comerciante emitir y entregar facturas, siendo responsabilidad del consumidor exigir el comprobante de toda operación que realice conforme lo establecen la RG N° 1415/2003 de AFIP y la RG N° 1136/2005 de la DPR.

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