07/01/2015

Rentas implementó el primer operativo de agentes fedatarios

 

La Dirección Provincial de Rentas dispuso en el mes de diciembre pasado el primer operativo de agentes fedatarios en la ciudad de San Salvador de Jujuy.

 

El subdirector del Organismo, Cr. Diego Andrés Colazo, comunicó que dicha medida tuvo por fin operativizar el instituto previsto en el artículo 10° inciso del CódigoFiscal Ley 5.791/2013, como una herramienta más para combatir la evasión tributaria.

 

En este marco, se dispusieron Órdenes de Intervención para siete (7) contribuyentes del rubro gastronómico (confiterías, restaurantes, sandwicherías y similares) que registran antecedentes fiscales en los términos de la Resolución General DPR Jujuy N° 1.372/2014.

 

Del total de contribuyentes verificados, se constató que tres (3) contribuyentes no entregaron factura o comprobante equivalente por las ventas, y un (1) contribuyente entregó una comanda detalle de consumo, comprobante no válido para respaldar operaciones. Tales infracciones, tipificadas en el artículo 57° incisos 2 y 8 respectivamente, son causales de la aplicación de clausura como sanción a un incumplimiento de tipo formal agravado. Los restantes tres (3) contribuyentes cumplieron debidamente con la entrega de facturas o tickets válidos.

 

 

Asimismo, el Cr. Colazo informó que los agentes fedatarios de la Dirección actuaron como compradores consumidores de bienes o servicios para constatar la emisión y entrega de comprobantes respaldatorios de las operaciones de venta, en los términos que exige la normativa aplicable (Resolución General AFIP N° 1.415/2003 y Resolución General DPR Jujuy N° 1.136/2005).

 

 

La actuación de agentes encubiertos es una facultad prevista legalmente cuyo fin es la declaración total por parte del contribuyente de sus ventas marginales o “en negro” existentes fundamentalmente en el comercio minorista.

 

 

La no emisión de facturas o comprobantes equivalentes vulnera las facultades de fiscalización de la administración tributaria provincial y facilita la no declaración o la sub declaración de bases imponibles a partir de las cuales se calcula el impuesto sobre los ingresos brutos, siendo esta una de las formas más comunes de evadir el impuesto.

 

 

Combatir la evasión requiere del compromiso ciudadano de exigir su factura o comprobante equivalente cada vez que efectúe una operación comercial.

 

 

El Subdirector de la D.P.R. indicó que operativos de similares características tendrán continuidad en el tiempo, extendiéndose a otras actividades, rubros y zonas geográficas.