Resolución General N° 1354/2014 – Prórroga Impuesto Inmobiliario
Prórroga Impuesto Inmobiliario hasta viernes 11 de abril de 2014.-
Prórroga Impuesto Inmobiliario hasta viernes 11 de abril de 2014.-
PRORROGAR hasta el día 30 de Junio de 2014 para solicitar los beneficios impositivos previstos en la Ley Nº 4097/84 y Decreto Reglamentario 2270/85, conforme al procedimiento previsto en las Resoluciones Generales Nº 1327/2013 y 1342/2014.-
Sustituir el inciso a) del Artículo 5º y el Artículo 14º de la Resolución General N° 959/2000
01/04/2014 Parte de Prensa Prórroga de vencimientos Imp. Inmobiliario, Imp. sobre los Ingresos Brutos y Agentes de Retención y Percepción El Subdirector de la Dirección Provincial de Rentas, CPN Pablo Gómez, informó que debido a la situación que atraviesa la provincia con las medidas de fuerza dispuestas por los distintos sectores gremiales, las [...]
Prórroga de Impuestos
28/03/2014 Parte de Prensa Cursos de Capacitación sobre Educación Tributaria Entrega de Certificados a Docentes y Alumnos El dia 20 de Marzo se concretó la entrega de certificados a docentes y alumnos que aprobaron el curso "Cultura Fiscal: una aproximación a los Impuestos y a la Seguridad Social" y el Seminario Universitario "Cultura Tributaria [...]
25/03/2014 Parte de Prensa Prórroga de vencimientos Imp. Inmobiliario, Imp. sobre los Ingresos Brutos y Agentes de Retención y Percepción El Director de la Dirección Provincial de Rentas, CPN Néstor Luis Padilla, informó que debido a la situación que atraviesa la provincia con las medidas de fuerza dispuestas por los distintos sectores gremiales, [...]
25/03/2014 Parte de Prensa Lucha contra el Comercio Informal Se incorporó el Decomiso como herramienta fiscal A partir de la sanción del nuevo Código Fiscal, la Dirección Provincial de Rentas cuenta con la potestad del DECOMISO, herramienta fiscal clave para profundizar controles y acciones en contra del comercio informal. Una de la funciones esenciales [...]
Prórroga Impuesto Inmobiliario, Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Agentes de Retención y Percepción.-
Considerar en término los vencimientos correspondientes al primer anticipo del Impuesto Automotor de los pequeños y medianos contribuyentes, y del primer y segundo anticipo de grandes contribuyentes, que se abonen hasta el día 31 de Marzo del corriente año.