Resoluciones Generales Año 2013
Resolución General N° 1340/2013 – Calendario Impositivo 2014
Calendario Impositivo Año 2014
Resoluciones Generales Año 2013
Calendario Impositivo Año 2014
ARTICULO 1º: Considerar en término la presentación de Declaraciones Juradas y el pago de los Impuestos, cuyos vencimientos operaron con posterioridad al 11 de Diciembre del corriente año, siempre que los mismos se efectúen hasta el día 03 de Enero de 2014.
Los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributen bajo el régimen local o de Convenio Multilateral y que se encuentren alcanzados por los regímenes de retención y/o percepción vigentes del referido impuesto, podrán solicitar “Certificados de No Retención y/o Percepción”, siempre que resulte fehacientemente acreditado que por la aplicación de los precitados regímenes [...]
Considerar en término el pago de los Impuestos, los Recursos deducidos y el cumplimiento de los requerimientos, cuyos vencimientos operaron los días 05, 06, 09 y 10 de Diciembre de 2013, siempre que la presentación y/o el pago correspondiente se efectúen hasta el día 17 de Diciembre del corriente año.
RATIFICAR validez de las Actuaciones administrativas de esta Dirección Provincial de Rentas recaratuladas como Expedientes a partir del 21 de octubre de 2013, fecha en la cual entró en vigencia el Sistema Integral de Gestión de Expedientes SIGExp.WEB, siendo en consecuencia legitimo a todos los efectos lo actuado en las mismas.-
Aprobar la versión 1 del aplicativo denominado “Sistema Informático de Percepción de Escribanos Públicos - Versión 1.1”, S.I.P.E.P. V.1.1 para el cumplimento de la presentación de declaraciones juradas mensuales determinativas del impuesto a los sellos.
Sustituir el artículo 19º de la Resolución nº 959/2000 y dejar sin efecto el artículo 20º
Aprobar el sistema aplicativo domiciliario denominado SiDeJu versión 4.0 para el cumplimiento de la presentación de las declaraciones juradas mensuales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para el régimen local.
Sustituir el artículo 2º y el artículo 11º de la Resolución nº 1328/2013; Sustituir el Anexo II: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES; Sustituir el Anexo V: PRODUCCION, DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS DERIVADOS DEL PETRÓLEO, GAS NATURAL COMPRIMIDO Y GAS ENVASADO.
Los sujetos comprendidos en las disposiciones de la Resolución General nº 1328/2013, deberán utilizar para determinar e ingresar los importes correspondientes a percepciones, la versión 2 del programa aplicativo denominado "SIAPE V.2.0, cuyos aspectos técnicos para la importación de datos, se especifican en el Anexo I de esta resolución general.