Resoluciones Generales Año 2016
Resolución General Nº 1436/2016 – Modif. RG 1328 sust. Anexo VIII
Sustituir el Anexo VIII: COMERCIALIZACION DE VEHICULOS AUTOMOTORES Y MOTOVEHICULOS NUEVOS de la Resolución nº 1.328/2013
Resoluciones Generales Año 2016
Sustituir el Anexo VIII: COMERCIALIZACION DE VEHICULOS AUTOMOTORES Y MOTOVEHICULOS NUEVOS de la Resolución nº 1.328/2013
Considerar en término la presentación de la Declaración Jurada Formulario CM-05 DECLARACIÓN JURADA ANUAL correspondiente al periodo fiscal 2015, siempre que los contribuyentes que deban presentar las mismas lo hagan hasta el día 30 de Junio de 2016.-
ESTABLECER que, a partir del anticipo 6/2016 cuyo vencimiento opera en el mes de Julio de 2016, incluso las rectificativas de periodos anteriores, los contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que utilizan el Aplicativo Domiciliario SiDeJu (Sistema de Declaración Jurada), deberán presentar sus declaraciones juradas a través de la utilización obligatoria de la [...]
Establecer el procedimiento de inscripción de oficio a aplicar, en aquellos casos en los cuales la Dirección Provincial de Rentas detecte sujetos que desarrollen actividades alcanzadas por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en jurisdicción de la Provincia de Jujuy, y no se verifique respecto de ellos la inscripción en el mencionado tributo, cualquiera sea [...]
SUSTITUIR el ANEXO III de la Resolución General Nº 1413/2015.
Apruébese el servicio denominado "MIS RETENCIONES" que podrá ser utilizado por los sujetos que hayan sido pasibles de retenciones y/ o percepciones y/o recaudaciones, en el marco de los distintos regímenes previstos por esta Dirección.
Aprobar la versión 1.1 del aplicativo denominado “SI.RE.BA.” – Sistema de Recaudación Bancaria para la presentación de las declaraciones juradas mensuales como agente de recaudación.
Modificar el artículo 3º de la Resolución General Nº 1420/2016 por el siguiente: ARTÍCULO 3º: Establécese que el vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada Formulario CM-05 DECLARACIÓN JURADA ANUAL correspondiente al periodo fiscal 2015 operará el día 16 de Mayo del año 2016.-
PROVISIÓN DE SERVICIO DE ENERGIA ELECTRICA Sujetos comprendidos Las empresas proveedoras del servicio público de energía eléctrica realizarán percepciones a todos los usuarios cuya categorización no sea residencial, según cuadro tarifario vigente.
El sistema informático identificado en el artículo 1 se encontrará disponible en la página Web institucional de la AFIP (www.afip.gov.ar), al que se accederá a través de la habilitación del servicio denominado "Mis Aplicaciones WEB", seleccionando el Organismo D.P.R. PROVINCIA DE JUJUY y formulario F.5575 - DIU Jujuy.”