Resolución General Nº 1522 / 2019 – Actualiza monto de compensación automática
ARTÍCULO 1º : FIJAR en la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000,00) el importe máximo por el que procederán las compensaciones automáticas.
ARTÍCULO 1º : FIJAR en la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000,00) el importe máximo por el que procederán las compensaciones automáticas.
Artículo 1º: Aprobar la correspondencia entre el Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación (NAES) y las alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, establecidas por la Ley Nº 6.114/2.018, que como Anexo forma parte integrante de la presente.
Artículo 1º: Aprobar el nomenclador de actividades económicas, que como Anexo forma parte de la presente, que deberá ser utilizado en forma obligatoria por todos los contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, para la realización de todo trámite relacionado con las actividades que desarrollan.
ARTICULO 1º: DETERMINAR en la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000,00) la valuación a considerar como límite para el otorgamiento del beneficio de exención a los jubilados y/o pensionados, para el periodo 2019, que acrediten el cumplimiento de los extremos legales exigidos para acceder al beneficio.