Resoluciones Generales Año 2020
RESOLUCIÓN GENERAL N° 1575/2.020 – Domicilio Fiscal Electrónico
Dejar sin efecto la Resolución General 1.482/2.017 y 1.501/2.018.
Resoluciones Generales Año 2020
Dejar sin efecto la Resolución General 1.482/2.017 y 1.501/2.018.
FIJAR en la suma de PESOS DIEZ MIL ($10.000,00) el importe máximo para el que procederán las compensaciones automáticas
Los sujetos que pretendan regularizar las obligaciones comprendidas en el Régimen instituido por el Decreto Acuerdo N° 1.515-HF-2.020, deberán adherir al mismo, cumpliendo con las condiciones que se fijan en la presente, hasta el 31 de octubre de 2.020.
Alcance de la exención: Está exenta del pago del impuesto de sellos toda garantía adicional a la prestada por el Fondo de Garantías Argentino (FoGAr) creado por la Ley Nacional N° 25.300, que se otorgue en contratos de préstamo bancario y de mutuo dinerario, contraídos ante las entidades financieras comprendidas en la Ley Nacional N° [...]
Considerar en término la presentación y el pago de las declaraciones juradas del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente al 6º anticipo del periodo fiscal 2020, realizadas por los contribuyentes locales (SITI y SIR) del régimen general, siempre que se efectúen hasta el día 03 de agosto de 2020.
Los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos del Régimen General –Locales- para gozar de los beneficios de prórroga del pago y exención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos otorgados por Ley 6.177, deberán cumplir con los requisitos y condiciones que se establecen en la presente resolución.
Considerar en término la presentación y el pago de las declaraciones juradas del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente al 5º anticipo del periodo fiscal 2020, realizadas por los contribuyentes locales (SITI y SIR) del régimen general, siempre que se efectúen hasta el día 06 de Julio de 2020.
Considerar en término la presentación y el pago de las declaraciones juradas del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente al 5º anticipo del periodo fiscal 2020, realizadas por los contribuyentes locales (SITI y SIR) del régimen general, siempre que se efectúen hasta el día 26 de junio de 2020.
Prorrogar hasta el 1 de Julio de 2020 la fecha a partir de la cual resulta obligatoria la aplicación del sistema de autoliquidación del impuesto de sellos para las órdenes de compra emitidas por los organismos del estado.
Dejar sin efecto, a partir de la fecha de la presente, lo dispuesto en Resolución N° 53-HF-2020, conforme los motivos expuestos en el exordio.