RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1688/2024 – Tope máximo valuación de Inmuebles para exención Jubilados art. 166 inc. 6
ESTABLECESE en la suma de PESOS TREINTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS MIL (32.700.000) el avalúo fiscal máximo de los inmuebles de la Provincia de Jujuy, respecto de los cuales podrá declararse el beneficio de exención previsto en el artículo 166, inciso 7 del Código Fiscal Ley 5.791 T.O. 2.022 y modificatoria.