Resolución General 1213/2009 y anexo
APROBAR el Nomenclador que establece los códigos para las actividades gravadas por los tributos cuya determinación, percepción y fiscalización se encuentran a cargo de la Dirección Provincial de Rentas.
APROBAR el Nomenclador que establece los códigos para las actividades gravadas por los tributos cuya determinación, percepción y fiscalización se encuentran a cargo de la Dirección Provincial de Rentas.
Considerar en término los vencimientos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos operados los días 18, 19 y 20 de Marzo de 2.009, que se abonen hasta el día 23 de Marzo de 2.009
Considerar en término el pago del primer, segundo y tercer anticipo del impuesto Inmobiliario de los contribuyentes que abonan el mismo en doce (12) anticipos, y del primer anticipo de los pequeños contribuyentes, hasta el 31 de marzo del corriente año
Considerar en término el pago del primer y segundo anticipo 2009 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, hasta el 31 de Marzo del corriente
Fíjese, por única vez, hasta el último día hábil del mes de abril de 2.009, como fecha límite para gozar de los beneficios del pago anticipado del Impuesto Inmobiliario
OBLIGACIONES INCLUÍDAS Y VIGENCIA. El Régimen Especial y transitorio de Regularización de Deudas dispuesto por la Ley Nº 5.611, comprende las deudas tributarias –incluidos intereses y multas- devengadas al 31 de diciembre de 2.008, para los contribuyentes y responsables del Impuesto Inmobiliario.
Considerar en término el pago del primer y segundo anticipo del impuesto Inmobiliario de los contribuyentes que abonan el mismo en doce (12) anticipos hasta la fecha establecida para el vencimiento del anticipo 3/12, según lo dispuesto por Resolución General 1202/2008
Se considera en término el pago del primer anticipo del impuesto Inmobiliario de los contribuyentes que abonan el mismo en doce anticipos.
Establecese las directivas tomadas por la DPR Jujuy respecto al Estado de Emergencia Agrícola y de Desastre Agrícola por el periodo comprendido entre el 15 de julio de 2007 al 14 de julio 2008.
Se dispone alteración de fechas para primer anticipo de Impuesto Inmobiliario para el Año Fiscal 2.009