Resolución General N° 1368/2014 – Entidades de Seguros y Reaseguros
Los sujetos comprendidos en el artículo 256º del Código Fiscal (Ley Nº 5791) deberán ingresar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, mediante anticipos mensuales, los cuales se determinarán de acuerdo con el procedimiento que se establece en el siguiente artículo.