Resolución General 952/2000

2017-07-04T11:53:42-03:0015/09/2000|Categories: 2000, Resoluciones|Tags: , , , |

ESTABLECER que a partir de la fecha de la presente, las empresas transportistas de cargas que provengan de otras provincias, deberán abonar en concepto de pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondientes a la Jurisdicción de la provincia de Jujuy.