RESOLUCIÓN GENERAL N° 1463/2017 Considera en termino vencimiento 1 y 2 anticipo inmobiliario
Considerar en término el pago del Impuesto Inmobiliario correspondiente a los anticipos 1º y 2º de 2017, hasta el día 24 de febrero de 2017.-
Considerar en término el pago del Impuesto Inmobiliario correspondiente a los anticipos 1º y 2º de 2017, hasta el día 24 de febrero de 2017.-
Considerar en término la presentación de las Declaraciones Juradas y el Pago de los Agentes de Retención y/o Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Sellos correspondientes al mes de Mayo de 2015, hasta el día 11 de Junio del corriente año, para aquellos Agentes cuyo dígito verificador de la CUIT termine en 0, [...]
Declarar inhábil a los efectos administrativos el día 31 de Marzo de 2015 por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
Considerar en término los vencimientos correspondientes al segundo anticipo del Impuesto Automotor de los pequeños y medianos contribuyentes, y del tercer y cuarto anticipo de grandes contribuyentes, que se abonen hasta el día 30 de Mayo del corriente año.
Prórroga de Impuestos
Considerar en término los vencimientos correspondientes al primer anticipo del Impuesto Automotor de los pequeños y medianos contribuyentes, y del primer y segundo anticipo de grandes contribuyentes, que se abonen hasta el día 31 de Marzo del corriente año.