Resolución General N° 1351/2014 – Prórroga de Vencimientos Imp. Inmob., II.BB. y Agentes
Prórroga de Impuestos
Prórroga de Impuestos
Prórroga Impuesto Inmobiliario, Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Agentes de Retención y Percepción.-
Considerar en término los vencimientos correspondientes al primer anticipo del Impuesto Automotor de los pequeños y medianos contribuyentes, y del primer y segundo anticipo de grandes contribuyentes, que se abonen hasta el día 31 de Marzo del corriente año.
Considerar en término la presentación de la declaración jurada y el pago del periodo Febrero de 2014 que debían efectuar los Agentes de Retención y Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Sellos (Resoluciones Generales Nº 959/00, 1328/13 y modificatorias, y 423/89) con terminación del dígito verificador de la CUIT en 7/8/9, cuyo vencimiento [...]
Modificar la fecha de vencimiento para la presentación de declaraciones juradas y pago por parte de los agentes de retención y percepción del Impuesto sobre los ingresos Brutos incluidos en el SIRCAR correspondiente al mes de febrero del año 2014
Considerar en término la presentación de Declaraciones Juradas y el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, cuyos vencimientos operaron los días 17, 18, 19, 20 y 21 de febrero del corriente año, siempre que los mismos se efectúen hasta el día 27 de Febrero de 2014.
Considerar en término el pago del primer y segundo anticipo del Impuesto Inmobiliario, cuyos vencimientos según la finalización del digito verificador de la CUIT, operaron del 17 al 21 de Febrero de 2014, siempre que el pago de los mismos se efectúe hasta la fecha establecida para el vencimiento del anticipo 3/12, es decir del [...]
Considerar en término los vencimientos correspondientes al primer anticipo del Impuesto Automotor de los Pequeños, Medianos y Grandes Contribuyentes, que se abonen hasta el día 14 de Marzo del corriente año.
ESTABLECER los requisitos, formas, plazos y condiciones que deberán cumplir los contribuyentes para acceder a los beneficios impositivos emergentes de la normativa citada.
ESTABLECER una bonificación del veinte por ciento (20%) de descuento por pago anticipado, para aquellos contribuyentes del Impuesto Inmobiliario que abonen la totalidad del tributo determinado para el período fiscal correspondiente; siempre que dicho pago se efectúe hasta la fecha de vencimiento del primer anticipo según lo establecido por el calendario impositivo vigente y el [...]