Parte de Prensa
Domicilio Fiscal Electrónico
Entró en vigencia a partir del 26 de febrero, la obligatoriedad para constituir domicilio fiscal electrónico, que permite operar a través de la página web del Organismo y recibir avisos y notificaciones electrónicas.
Continuando con el proceso encarado por el Organismo, para incluir mejoras en la relación Fisco–Contribuyente, la Dirección Provincial de Rentas reglamentó mediante Resolución General Nº 1501/2018 la obligatoriedad de constituir el Domicilio Fiscal Electrónico, para todos los contribuyentes y/o responsables del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos o designados como Agentes de Retención y/o Percepción, que realicen trámites a través del servicio web de Rentas, quienes deberán ingresar mediante clave fiscal al sitio www.rentasjujuy.gob.ar, donde deberán seguir las instrucciones para adherir al nuevo servicio.
Esta nueva herramienta web, prevista en el Código Fiscal de la Provincia, resulta útil para optimizar la capacidad operativa y de control de la Administración Tributaria, conducente a lograr una mayor eficiencia en la gestión de los tributos a cargo de la misma.
El domicilio fiscal electrónico es un sitio informático, seguro y personalizado registrado por los contribuyentes y responsables, para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y para la recepción de comunicaciones, que posibilitará la notificación por medio de comunicaciones informáticas dentro del entorno del sitio web, produciendo en el ámbito administrativo los efectos de domicilio fiscal constituido, siendo válidos y plenamente eficaces todas las notificaciones, emplazamientos y comunicaciones que se practiquen por esta vía.
La constitución de domicilio fiscal electrónico se hará efectiva mediante el servicio web denominado “Domicilio Fiscal Electrónico”, habilitado en el menú de acceso con clave fiscal. A los efectos de su adhesión, los contribuyentes y/o responsables deberán completar íntegramente los datos requeridos y manifestar su voluntad expresa mediante la aceptación y transmisión vía internet de la fórmula de adhesión.
Por último, al tratarse de un servicio web, se encontrará habilitado las veinticuatro (24) horas del día, los 365 días del año.