Considerar en término los pagos correspondientes a los saldos por el año 2001 y 11° anticipo del Impuesto a los Automotores y Motovehículos, de acuerdo a la valuación fiscal Ley 5088/98, cuyos vencimientos habían sido fijados para el 20-12-2001, por el artículo 5° de la Resolución General 960/00, que se ingresaron hasta el día 28 de diciembre del año 2001.