Establecimiento del régimen: Establécese un régimen de percepción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos para las operaciones de importación definitiva a consumo de mercaderías que ingresan en territorio aduanero, excepto aquellas que se destinen a su utilización por el adquirente como bienes de uso o para uso particular, que se regirá por las disposiciones de la presente.