ESTABLECER que los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que presenten declaraciones juradas mensuales en las cuales el monto a depositar sea CERO, ya sea porque no tiene importe a pagar o porque tiene saldo a favor del contribuyente, deberán presentar las Declaraciones Juradas que emitan los sistemas vigentes solamente en los BOXES de atención al publico sin intervención de la entidad recaudadora.