ESTABLÉCESE, en el tres por ciento (3,00%) mensual, la tasa de interés normada por el artículo 43º del Código Fiscal, Ley 3202/75 y modificatorias.-
ESTABLÉCESE, en el tres por ciento (3,00%) mensual, la tasa de interés normada por el artículo 43º del Código Fiscal, Ley 3202/75 y modificatorias.-