«Esta Resolución ha sido DEJADA SIN EFECTO por la RG N° 1624/2022»
Establécese, en el TRES por ciento (3%) mensual, la Tasa de Intereses Resarcitorios normada por el Artículo 46 del Código Fiscal – Ley N° 5791/13.-
Establécese, en el TRES por ciento (3%) mensual, la Tasa de Intereses Resarcitorios normada por el Artículo 46 del Código Fiscal – Ley N° 5791/13.-