Considerar en término la presentación de las Declaraciones Juradas y el Pago de los Agentes de Retención y/o Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Sellos correspondientes al mes de Mayo de 2015, hasta el día 11 de Junio del corriente año, para aquellos Agentes cuyo dígito verificador de la CUIT termine en 0, 1, 2, 3, 4, 5 y 6.-