RESOLUCION GENERAL Nº 1.311/2013 – Considerar-en-termino-vencimiento-imp-automotor

Considerar en término los vencimientos operados el día 18 de Febrero de 2013, correspondientes al primer anticipo del Impuesto Automotor de los Pequeños, Medianos y Grandes Contribuyentes, establecido en el Artículo 8 de la Resolución General Nº 1304/2012, que se abonen hasta el día 18 de Marzo del corriente año.

RESOLUCION GENERAL Nº 1.311/2013