Considerar en término la presentación de la declaración jurada y el pago del anticipo 11º del período fiscal 2.022 del impuesto sobre los ingresos brutos – Régimen Local (SITI-SIR), de los contribuyentes con dígito verificador de CUIT terminado en 2 y 3, cuyo vencimiento operaba el día 20 de diciembre de 2.022, siempre que se registre hasta el día 21 de diciembre del corriente año.