Los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, tanto jurisdiccionales como de Convenio Multilateral, que hayan solicitado el Certificado de No Retención y/o Percepción de acuerdo a lo establecido en la Resolución General Nº 1338, deberán obtener vía Internet, a través de la página web de este Organismo el certificado F-0190, dentro del servicio en línea con clave fiscal denominado “Certificado de no Retención/Percepción”.
En caso de existir inconvenientes para su emisión vía web, se podrán solicitar los certificados en las dependencias de la Dirección Provincial de Rentas.
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1419