RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1433/2016 – Inscripcion-de-oficio-Ingresos-Brutos

Establecer el procedimiento de inscripción de oficio a aplicar, en aquellos casos en los cuales la Dirección Provincial de Rentas detecte sujetos que desarrollen actividades alcanzadas por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en jurisdicción de la Provincia de Jujuy, y no se verifique respecto de ellos la inscripción en el mencionado tributo, cualquiera sea su domicilio, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 10º inciso 4 del Código Fiscal.
Quedan comprendidos en la presente norma, tanto aquellos sujetos que pudieran resultar contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, como así también, aquellos alcanzados por las normas del Convenio Multilateral que no se hubieren inscripto en el régimen o, que no hubiesen denunciado su actividad en la Provincia.

RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1433/2016