RESOLUCIÓN GENERAL Nº: 1545/2019 – Modifica inscripción de oficio 1

MODIFICAR el artículo 2º de la Resolución General Nº 1.433/2.016, por el que se incorpora a continuación:
“ARTICULO 2º: A los fines previstos en el artículo precedente, servirán como elementos para acreditar la falta de inscripción, salvo prueba en contrario, los siguientes datos:
a) Los que surjan del ejercicio de las facultades de verificación y fiscalización por parte de las áreas correspondientes de la Dirección Provincial de Rentas.
b) Los que surjan de los regímenes de información vigentes.
c) Los que provengan del intercambio de información con otras administraciones tributarias, municipios, organismos públicos o de una persona pública no estatal.
d) Los que provengan de los agentes de retención, percepción, recaudación, información y/o terceros.
e) Cualquier otro dato o información que, fundado en hechos reales y acreditados, genere la convicción del Fisco Provincial, sobre el ejercicio de  actividades gravadas con el Impuesto sobre los Ingresos Brutos”

RESOLUCIÓN GENERAL Nº: 1545/2019